El Ejército de Tierra concluye el expediente disciplinario “sin responsabilidad”. Un tribunal ya les absolvió por las contradicciones de la militar
Expediente disciplinario a militares del Tercio ‘D. Juan de Austria’
El expediente se había abierto a cuatro militares del Ejército de Tierra, pertenecientes al Tercio ‘D. Juan de Austria’ 3º de la Legión, por posibles faltas muy grave.
La denuncia de la legionaria
El origen del procedimiento está en la denuncia que presentó una soldado, una dama legionaria del Tercio 3º ‘Juan de Austria’, con base en Viator (Almería).
Mensajes inapropiados por Instagram
La sentencia del Tribunal Militar Territorial Segundo declaró en los hechos probados que uno de los cabos denunciados escribió por Instagram a la dama legionaria una noche de diciembre de 2020, después de que ambos y otros miembros de la unidad hubieran pasado la tarde en un bar cerca de la base de Viator, celebrando el final de unas maniobras.
“Habiendo consumido bastante alcohol”, ese cabo del Ejército de Tierra inició la conversación por mensaje directo con la soldado, a la que le escribió mensajes como “tenemos unas ganas de follar que no te imaginas” y “ven que te voy a follar”.
Después de una larga sucesión de mensajes que el cabo le escribió a la soldado, terminó tratando de rectificar: “Oye perdona los mensajes que me estaban comiendo la cabeza esta gente”.
A la mañana siguiente, el cabo pidió por conducto reglamentario poder disculparse con la soldado, y así lo hizo en presencia de un sargento. Según la sentencia, la soldado le dijo que no pasaba nada.
Pero posteriormente la dama legionaria solicitó una baja temporal para el servicio. El teniente coronel jefe de su bandera la llamó al despacho para interesarse por la dolencia, y ahí fue cuando la soldado reveló que había recibido por Instagram unos mensajes de carácter sexual enviados por un compañero.
Añadió que ese legionario se había disculpado posteriormente, y que no se había repetido ningún episodio de ese tipo ni ningún otro. Se la veía visiblemente afectada.
No quiso dar el nombre de ese militar, ni dio parte por escrito. Pero el oficial elevó un parte disciplinario y se activó el protocolo del Ejército de Tierra frente al acoso sexual y por razón de sexo.
Otros actos de acoso denunciados
Se instruyó una información reservada, y un comandante emitió un informe en el que subrayó que el relato de la dama legionaria no entraba en contradicciones ni dudas, era cronológicamente verosímil, no era artificioso.
Posteriormente la dama legionaria sí dio más información. Señaló por sus nombres no sólo al cabo de los mensajes por Instagram, sino a otros cabos y soldados que habrían cometido otros actos de acoso sexual y por razón de sexo: aseguró que uno también le mandó mensajes de índole sexual y se presentó a la puerta de su casa, otro le agarró del culo en unas maniobras, varios hicieron comentarios sobre su físico y de tipo sexual, e incluso denunció que había recibido comentarios discriminatorios por el hecho de ser mujer y le habían obligado a cantar canciones discriminatorias hacia las mujeres.
Investigación y expediente disciplinario
A la vista del informe emitido en la instrucción de la información reservada, el JEME ordenó incoar un expediente disciplinario por falta muy grave contra tres cabos y un soldado.
Acusaciones y faltas
Se les investigó por la presunta comisión de una falta muy grave contemplada en el artículo 8.12 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, por realizar “actos que afecten a la libertad sexual de las personas o impliquen acoso tanto sexual y por razón de sexo como profesional u otros que, de cualquier modo y de forma reiterada, atenten contra la intimidad, la dignidad personal o en el trabajo…”, o de forma alternativa, una falta grave de realizar actos que, de cualquier modo, atenten contra la intimidad, la dignidad personal o en el trabajo…” (artículo 7.30).
Los expedientes por falta muy grave se deben comunicar a la Fiscalía Jurídico Militar, por si considera que los hechos rebasan el ámbito del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas y son constitutivos de delitos del Código Penal Militar.
Diligencias previas y juicio
La justicia militar incoó varias diligencias previas en las que investigó a los cabos y caballeros legionarios señalados por la dama legionaria.
Para dos de ellos las actuaciones fueron archivadas. Pero cuatro acabaron siendo juzgados por el Tribunal Militar Territorial Segundo.
El tribunal dictó sentencia en 2024: como contó Confidencial Digital, absolvió a los cuatro militares del Tercio 3º ‘Juan de Austria’ de la Legión.
Los cuatro militares procesados, y finalmente absueltos, fueron defendidos en el procedimiento por los abogados Iker Echevarría Mata (dos de ellos), Lucas Soria López y María José Jiménez Díaz.
Echevarría también ha asesorado a los que tenían pendiente de resolución este procedimiento disciplinario.
Sentencia absolutoria y archivo del expediente
Cerrada la vía judicial, el Ejército de Tierra abordó la conclusión del expediente disciplinario. De los cuatro expedientados, dos fueron absueltos por la sentencia, y a otros les archivaron las investigaciones sin llegar a juicio.
Razonamiento del tribunal y del asesor jurídico
El asesor jurídico del Ejército tuvo en cuenta que la sentencia acordó la absolución de dos de los expedientados debido a que la denunciante había incurrido en numerosas contradicciones al relatar los hechos.
El tribunal consideró además que su relato no contaba con corroboración periférica.
Por todo ello concluyó que los hechos denunciados no habían quedado suficientemente acreditados.
En los autos de archivo, o bien se había entendido que la denuncia no estaba corroborada por los presuntos testigos, o bien que los hechos no llegaban a constituir un delito militar.
El asesor jurídico del Ejército de Tierra tuvo en cuenta que los órganos de la jurisdicción militar consideraron que los actos imputados a varios cabos y caballeros legionarios según la denuncia de la dama legionario no habían quedado suficientemente acreditados o por falta de pruebas o porque la declaración de la víctima incurrió en contradicciones e inconsistencias.
Eso debía conducir a la misma conclusión en el marco del expediente disciplinario por los mismos hechos, ya que tampoco se podría acreditar esos hechos en la investigación disciplinaria.
Tuvieron en cuenta los jueces, y así lo destaca el asesor jurídico del Ejército de Tierra que faltaban mensajes (habían sido borrados) en las capturas de pantalla aportados por la dama legionaria; que el autor de los mensajes le pidió perdón y que ella le dijo que no pasaba nada.
En base a esas circunstancias consideró que los hechos sí constatados, como mucho, podrían ser castigados como una falta leve del Régimen Disciplinario.
Pero la sanción de esa falta leve ya no sería posible, por haber pasado el plazo de prescripción.
Concluyó el asesor jurídico del Ejército de Tierra que la solución más adecuada en este caso era llegar a una solución homogénea en el ámbito penal y en el disciplinario.
Conclusión del expediente disciplinario
Así que propuso al JEME la terminación del expediente disciplinario sin declaración de responsabilidad.
El general de ejército Amador Enseñat asumió esa propuesta, y firmó una resolución por la que acordó cerrar el expediente disciplinario por falta muy grave abierto a los cuatro militares, “sin declaración de responsabilidad”.
Hay que tener en cuenta que en ocasiones los juzgados y tribunales militares archivan o absuelven a procesados e investigados, al entender que no han cometido delitos tipificados en el Código Penal Militar, pero al mismo tiempo sugieren a las autoridades militares que investiguen si esos hechos sí podrían ser castigados por vía disciplinaria.
